ACUERDO GUBERNATIVO  71-92

Se acuerda instituir la "Orden Presidencial", que será otorgada por el Presidente de la República.

*Derogado por el artículo 7 del Acuerdo Gubernativo No. 478-2006 del Presidente de la República.


ACUERDO GUBERNATIVO 71-92

Palacio Nacional: Guatemala, 20 de febrero de 1992.


El Presidente de la República


CONSIDERNADO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece como función del Presidente de la República la concesión de condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros, por lo que es procedente instituir una Condecoración que el Presidente de la República pueda otorgar a personas individuales o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, que lo merezcan por sus servicios prestados o por sus aportes que contribuyan especialmente al engrandecimiento del país,


POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le confieren los incisos e) y u) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,


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