ACUERDO MUNICIPAL COM-022-05
Reglamento Específico que regula la Venta, Utilización y Manipulación de Artículos o Productos Pirotécnicos en el Municipio de Guatemala.
ACUERDO No. COM-022-05
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República y el Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual esta facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas.
CONSIDERANDO:
Que uno de los fines del Municipio es proveer a los habitantes del Municipio de condiciones propicias para elevar su calidad de vida y que la movilidad urbana prestada de manera eficiente y segura, es un componente clave para lograr este objetivo.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer las previsiones de cualquier riesgo ocasionado por los artículos pirotécnicos y fuegos artificiales que puedan afectar la vida, la integridad física y salud de las personas.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, inciso c) y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 22, 35, incisos b), e), i), 142, del Código Municipal, Decreto número 12-2002; y 8 de la Ley de Tránsito, Decreto número 132-96, ambos del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
Emitir el siguiente
REGLAMENTO ESPECÍFICO QUE REGULA LA VENTA,
UTILIZACIÓN Y MANIPULACIÓN DE ARTICULOS
O PRODUCTOS PIROTÉCNICOS EN EL
MUNICIPIO DE GUATEMALA
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