ACTA MUNICIPAL  67-2015.3

Se rebaja el precio del metro cuadrado de los terrenos de los diferentes Barrios de la Cabecera Municipal de La Libertad, Departamento de Petén


ACTA No. 67-2015 PUNTO TERCERO

Acuérdese emitir el presente Acuerdo Municipal que contiene la rebaja al precio del metro cuadrado de los terrenos de los diferentes Barrios de la Cabecera Municipal, incluyendo la nueva Lotificación, La Libertad, Petén,


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, DE LA MUNICIPALIDAD DE LA LIBERTAD,
DEL DEPARTAMENTO DE EL PETEN,

MEDIANTE EL PUNTO TERCERO DEL ACTA No. 67-2015- DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015, APROBO EL SIGUIENTE ACUERDO MUNICIPAL.

El Honorable Concejo Municipal del Municipio de La Libertad, Departamento de Petén.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto Numero 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales.


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad es propietaria de las Finca 1335 Folio 192 Libro 11 de Petén, que conforma el área del casco urbano de la cabecera municipal de la Libertad, Petén, por lo que consideramos factible facilitar a los vecinos el pago de sus terrenos.


CONSIDERANDO:

Que la municipalidad tiene la libre administración de sus bienes y valores sin más limitaciones que las establecidas por las leyes, y para la venta de bienes del municipio es necesario la resolución que disponga la venta y será emitida con el voto favorable de las dos terceras partes del total de sus miembros que integran el Concejo Municipal, por lo que se deja a consideración del Concejo Municipal para su análisis y aprobación.


Considerando:

Que de conformidad con la Ley el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales y la unidad básica de la organización territorial del Estado y espacio inmediato en los asuntos del municipio.


POR TANTO:

En base a los considerandos anteriores y artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los artículos 1, 2, 3, 6, 9, 33, 34, 35 inciso a), b), d), i) y 40 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República, por unanimidad de votos.


ACUERDA:

 
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