ACUERDO GUBERNATIVO  302-2005

Asigna valor facial a las especies postales que se pondrán en circulación, Emisión Postal "Mayólica en Guatemala".

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 302-2005

Guatemala, 5 de julio del 2005.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que es deber del Gobierno de la República, velar porque los servicios públicos se presten en condiciones que satisfagan las necesidades de los usuarios, dictándose oportunamente las medidas que tiendan a esa finalidad, en ese sentido y en virtud del contrato de concesión de los nuevos servicios postales del Correo Oficial de la República de Guatemala, compete a la Dirección General de Correos y Telégrafos como Autoridad de Aplicación y Control de la concesión, requerir se valoricen y pongan en circulación las estampillas postales que se determinan en la parte dispositiva de este Acuerdo y al concesionario Correo de Guatemala, Sociedad Anónima, cubrir el costo de la misma.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente difundir a nivel nacional e internacional el arte y cultura guatemalteca, en este caso a través de las artesanías populares más destacadas que poseen nuestros departamentos, con la finalidad de promover el desarrollo de la riqueza artesanal, por lo que es procedente asignarle valor facial a setecientos cincuenta y seis mil sellos postales y cinco mil hojas miniatura que corresponden a la emisión denominada "MAYOLICA EN GUATEMALA" .

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 51 del Decreto Presidencial número 650 Código Postal de la República de Guatemala y 2 del Reglamento para la Emisión de sellos postales, Acuerdo Gubernativo No. 39-2001, de fecha 30 de enero de 2001 y el Decreto 14-04 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA:

 
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