ACTA MUNICIPAL 37-2004.4
Reglamento de Funcionamiento de los Vehículos denominados "Moto-Taxi" de la Municipalidad de San Antonio Suchitepequez
ACTA NUMERO 37-2004 PUNTO CUARTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN ANTONIO DEL DEPARTAMENTO DE SUCHITEPEQUEZ CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL PROTOCOLO DE ACTAS DE SESIONES PUBLICAS ORDINARIAS QUE SE LLEVA EN ESTE DESPACHO, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO 37-2,004 CELEBRADA EL DIA SABADO VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO, EN DONDE APARECE EL PUNTO CUARTO. QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: Punto Cuarto. El Concejo Municipal. CONSIDERANDO: Que los Municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y entre otras funciones, les corresponde obtener y disponer de sus recursos, así como atender los servicios públicos locales. CONSIDERANDO: Que es competencia propia del Municipio la regulación del transporte de pasajeros y que dentro de tal concepto se incluye el transporte de vehículos motorizados de tres neumáticos conocidos como "Moto-Taxi", cuyo funcionamiento debe ser regulado. Por Tanto: Con base en lo considerado y con fundamento en lo establecido en los Artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 68, literal d); 3, 35, 65, 67, 79, 151 y 163 del Código Municipal
ACUERDA:
Emitir el siguiente
Reglamento de funcionamiento de los vehículos denominados "Moto-Taxi".
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