ACUERDO GUBERNATIVO 161-98
Crea la Unidad Ejecutora del Proyecto Desarrollo Rural Sostenible de Zonas de Fragilidad Ecológica en la Región del Trifinio.
*Derogado por el artículo 1 del Acuedo Gubernativo número 253-2007 del Presidente de la República.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 161-98
Guatemala, 25 de marzo de 1998.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Número 80-97 del Congreso de la República, se aprobó el Contrato de Préstamos Número 1,181 entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Banco Centroamericano de Integración Económica, por un monto de US$ 139 millones, destinados a implementar el Proyecto Desarrollo Rural Sostenible de Zonas de Fragilidad Ecológica en la Región del Trifinio, Área de Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que para garantizar la coordinación adecuada, la planificación, organización, administración, ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto antes detallado, se hace necesario crear una Unidad Ejecutora que permita la coordinación de tales objetivos, por lo que es procedente emitir la correspondiente disposición legal;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
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