ACTA MUNICIPAL  007-2005.4

Reglamento para la Prestación del Servicio de Moto Taxis Rotativos del Municipio de Flores, Petén.

*Derogado por el Acuerdo Municipal 03-2012 del Concejo Municipal de Flores, Petén de fecha 19-06-2012

ACTA NÚMERO 007-2005

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE FLORES, CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE PETÉN, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL TOMO NÚMERO 34 DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

"ACTA NUMERO: 007-2005. Sesión Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal de Flores, Cabecera del Departamento de Petén, cuando son las diecisiete horas del día diez de febrero del año dos mil cinco, reunidos en el Despacho Municipal, el Doctor Emilio Rodrigo Táger Castillo, Alcalde Municipal, asistido de los Síndicos, Síndico Primero Profesor Carlos Roderico Irías Morales, Segundo Profesor Luis Alberto Castellanos Corzo, de los Concejales del Primero al Quinto, en su orden, Profesor Ildegar Herrera Pinelo, Señor Pedro Morales González, Profesor Romeo Sanchinelli, Profesora Sarahí Ramírez Guerra, Ingeniero Forestal Carlos Emilio Matus del Valle, Gerente Administrativo, Ingeniero Otoniel Herrera y el Secretario Municipal que suscribe, para hacer constar lo siguiente: -PRIMERO: -SEGUNDO: -TERCERO: -CUARTO:

LA MUNICIPALIDAD DE FLORES, DEPARTAMENTO DE PETÉN.

CONSIDERANDO

Que actualmente se encuentran circulando vehículos tipo motocicleta de tres ruedas, comúnmente denominados MOTO-TAXIS, en el área urbana del Municipio de Flores, Petén, prestando servicios de transporte colectivo;

CONSIDERANDO

Que dichos vehículos están prestando un servicio al público sin estar regulados en el Reglamento de Tránsito y que es obligación de las municipalidades el normar lo relativo al tránsito y transporte de personas dentro de su jurisdicción municipal.

CONSIDERANDO

Que es obligación legal del Estado garantizar la vida, el bienestar social y económico, así como la salud de los habitantes; por lo que la Municipalidad de Flores, Petén, apegada a los preceptos constitucionales que nos rigen toma la determinación de cumplir con tal cometido dentro de su jurisdicción en beneficio de los intereses de sus vecinos.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 9, 33 y 35 literal l) del Código Municipal.

ACUERDA, Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MOTO TAXIS ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE FLORES, PETÉN.

I. DISPOSICIONES GENERALES

 
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