ACUERDO MINISTERIAL 65-2005
Tarifas por la Aplicación de Tratamientos Cuarentenarios en los Puestos Terrestres del Servicio de Protección Agropecuaria -SEPA-.
ACUERDO MINISTERIAL No. 65-2005
Guatemala, 17 de febrero del 2005
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto 36-98 del Congreso de la República, tiene como objetivo velar por la protección y sanidad de los vegetales, especies forestales e hidrobiológicas. La preservación de sus productos y subproductos no procesados contra la acción perjudicial de plagas y enfermedades de importancia económica y cuarentenaria.
CONSIDERANDO:
Que como resultado de la evaluación técnica y económica realizada al Sistema Internacional de Tratamientos Cuarentenarios a cargo del Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria -OIRSA-, se identificó la necesidad de actualizar las tarifas de los tratamientos cuarentenarios, dando inicio en los puestos terrestres, en virtud que aun no se ha concluido la evaluación de los puestos ubicados en puertos y aeropuertos, teniendo en consideración que por la naturaleza de la carga, infraestructura y de los tratamientos, existe diferencia de costos entre los puestos terrestres, aéreos y marítimos.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 6o del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, y sus reformas.
ACUERDA:
Las siguientes:
TARIFAS POR LA APLICACIÓN DE TRATAMIENTOS CUARENTENARIOS EN LOS PUESTOS TERRESTRES DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN
AGROPECUARIA-SEPA-.
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