ACUERDO GUBERNATIVO  799-99

Fija la cantidad de seiscientos quetzales (Q600.00), el valor de las dietas que devenga cada uno de los miembros del Consejo Nacional de Areas Protegidas, -CONAP- por cada sesión a la que asistan no pudiendo celebrar más de dos sesiones al mes.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 799-99

Guatemala, 15 de octubre de 1999.


El Presidente de la Repúblicas,


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 del Decreto 4-89 del Congreso de la República, reformado por el artículo 17 del Decreto número 110-96 del citado organismo, establece la facultad que tienen los miembros del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, para requerir el pago de dietas por concepto de asistencia a las sesiones del mismo.


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Áreas Protegidas, en reunión celebrada el día veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y siete, a través del acta número ocho guión noventa y siete, resolvió establecer el monto de las dietas a obtener por la participación de cada miembro en las sesiones del mismo.


CONSIDERANDO:

Que es procedente fijar en concepto de dietas el monto solicitado, en vista que se han llenado los requisitos legales correspondientes y tomando en consideración el dictamen 909 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto con fecha treinta de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 183, literales e) y q) y con fundamento en lo estipulado en el artículo 78 del Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,917 veces.
  • Ficha Técnica: 38 veces.
  • Imagen Digital: 2 veces.
  • Texto: 33 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 5 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu