RESOLUCIÓN JM-106-2004
Reglamento para determinar la Cuota de Inspección de las Empresas Integrantes de Grupos Financieros que no cuentan con Cálculo Específico en Otras Disposiciones Legales.
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-106-2004
Inserta en el Punto Séptimo del Acta 38-2004, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 22 de septiembre de 2004.
PUNTO SÉPTIMO: Superintendencia de Bancos eleva a consideración de la Junta Monetaria el proyecto de Reglamento para Determinar la Cuota de Inspección de las empresas integrantes de Grupos Financieros que no cuentan con cálculo específico en otras disposiciones legales.
RESOLUCIÓN JM-106-2004. Conocido el oficio No. 3448-2004 del Superintendente de Bancos del 7 de septiembre de 2004, mediante el cual se somete a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento para Determinar la Cuota de Inspección de las empresas integrantes de Grupos Financieros que no cuentan con cálculo específico en otras disposiciones legales; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 1 del Decreto Número 18-2002 del Congreso de la República, Ley de Supervisión Financiera, la Superintendencia de Bancos es el órgano que ejerce la vigilancia e inspección, entre otros, de las empresas que forman parte de grupos financieros; CONSIDERANDO: Que el artículo 27 del Decreto Número 19-2002 del Congreso de la República, Ley de Bancos y Grupos Financieros, establece que los grupos financieros estarán integrados, entre otros, por empresas especializadas en emisión y/o administración de tarjetas de crédito, empresas de arrendamiento financiero, empresas de factoraje, casas de bolsa, entidades fuera de plaza o entidades off shore y otras entidades que califique esta Junta; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 17 del Decreto Número 18-2002 del Congreso de la República, Ley de Supervisión Financiera, el presupuesto de egresos de la Superintendencia de Bancos se cubrirá mediante cuotas anuales que deben aportar las entidades sujetas a su vigilancia e inspección, conforme lo dispuesto en sus leyes específicas o, en su defecto, conforme lo determine esta Junta Monetaria; CONSIDERANDO: Que las empresas mencionadas no cuentan con disposición legal específica para determinar el cálculo de la cuota de inspección, por lo que se estima necesario emitir, sobre este particular, la disposición pertinente;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 26 inciso l) del Decreto Número 16-2002, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, 1, 17 y 22 del Decreto Número 18-2002, Ley de Supervisión Financiera y 27 del Decreto Número 19-2002, Ley de Bancos y Grupos Financieros, todos del Congreso de la República, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1. Aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento para Determinar la Cuota de Inspección de las empresas integrantes de Grupos Financieros que no cuentan con cálculo específico en otras disposiciones legales.
2. Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el día de su publicación.
Armando Felipe García Salas Alvarado
Subsecretario
Junta Monetaria
ANEXO A LA RESOLUCIÓN JM-106-2004
REGLAMENTO PARA DETERMINAR LA CUOTA DE
INSPECCIÓN DE LAS EMPRESAS INTEGRANTES DE
GRUPOS FINANCIEROS QUE NO CUENTAN CON CÁLCULO
ESPECÍFICO EN OTRAS DISPOSICIONES LEGALES
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