DECRETO DEL CONGRESO 42-88
Autoriza la Emisión de Bonos de Establilzación.
Autoriza la Emisión de Bonos de Establilzación.
DECRETO NUMERO 42-88
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Monetaria como órgano encargado de la determinación de la política monetaria, cambiaria y crediticia del país, elaboró un programa para convertir, por nuevos valores, los bonos de estabilización emitidos en los años 1983 y 1984, por el Banco de Guatemala, programa aprobado por dicho órgano mediante Resolución JM-118-88 de fecha 13 de julio del año en curso;
CONSIDERANDO:
Que el programa de sustitución elaborado por la Junta Monetaria, se concretará mediante un mecanismo de oferta de conversión con los tenedores de los citados bonos de estabilización, en los términos y condiciones que en dicho programa se mencionan;
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Congreso de la República autorizar a la Banca Central o cualquier otra entidad estatal, previamente a que éstas puedan cumplir negociaciones de empréstitos u otras formas de deudas, en el interior o en el exterior;
CONSIDERANDO:
Que para dar validez constitucional y legal a la resolución emitida por la Junta Monetaria, es necesaria la previa aprobación del Congreso de la República para lo cual es procedente emitir la respectiva disposición legal,
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171, incisos a), i), l) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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