EXPEDIENTE 1754-2001
Suspensión provisional de la vigencia de la literal a) del artículo 10 de la Ley del impuesto específico sobre la distribución de bebidas gaseosas, bebidas isotónicas o deportivas, jugos y néctares, yogures y agua natural envasada, Decreto 63-2001.
EXPEDIENTE 1754-2001
Oficial Asuntos Específicos.
Asunto: Inconstitucionalidad General Parcial. Solicitante: Compañía de Jarabes y Bebidas Gaseosas la Mariposa, Sociedad Anónima. Norma Impugnada: literal a) del artículo 10 de la Ley del Impuesto Específico Sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures y Agua Natural Envasada, Decreto número 63-2001 del Congreso de la República.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinticuatro de enero de dos mil dos.
Se tiene a la vista la acción de inconstitucionalidad parcial de carácter general de la literal a) del Artículo 10 de la Ley del Impuesto Específico Sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures y Agua Natural Envasada, Decreto número 63-2001 del Congreso de la República, planteada por la Compañía de Jarabes y Bebidas Gaseosas la Mariposa, Sociedad Anónima.
CONSIDERANDO
Que en el presente caso se dan los elementos necesarios previstos en el artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad (inconstitucionalidad notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables) para decretar la suspensión provisional de la vigencia de la literal a) del artículo 10 de la Ley del Impuesto Específico Sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures y Agua Natural Envasada, Decreto número 63-2001 del Congreso de la República.
CITA DE LEYES
Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad
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