DECRETO DEL CONGRESO 73-2000
Se aprueba el convenio centroamericano para la prevención y represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionads con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, suscrito en la ciudad de Panamá el once de julio de mil novecientos
DECRETO NUMERO 73-2000
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que Guatemala norma, sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO:
Que Guatemala forma parte de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrito en Viena, República Federal de Austria, el veinte de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, aprobado por el Congreso de la República mediante el Decreto Número 69-90; instrumento que contempla delitos y sanciones en materia de narcotráfico y lavado de dinero.
CONSIDERANDO:
Que con fecha once de julio de mil novecientos noventa y siete, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, fue suscrito por parte del Gobierno de la República de Guatemala el Convenio Centroamericano para la prevención y represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.
CONSIDERANDO:
Que los delitos de lavado de dinero y de activos relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos constituyen una seria desvalorización social que merecen ser prevenidos y reprimidos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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