ACTA MUNICIPAL  80-12-2001

Reglamento municipal para el funcionamiento de taxis y vehículos de fletes, del Municipio de Tactic, Departamento de Alta Verapaz.

ACTA No. 80-12-2001

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA VILLA DE TACTIC DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ:

CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el Libro Número treinta y ocho (38) de Actas de Concejo Municipal, en el que a folios ciento cuarenta y nueve (149) al ciento cincuenta y seis (156) se encuentra la que copiada en su parte conducente dice:

“Acta No. 80-12-2001.- Sesión Pública Extraordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de la Villa de Tactic, del departamento de Alta Verapaz; el día jueves trece de diciembre del dos mil uno, en el local que ocupa la Alcaldía Municipal, presidida por el Alcalde Municipal, señor Francisco Javier Sagüi, sin otro apellido, con la asistencia de los Síndicos Primero y Segundo, señores: Abel Francisco González, sin otro apellido, y Onofre Cahuéc Bín, respectivamente; de los Concejales del Primero al Cuarto, en su órden, señores: Francisco Quej Ac, Ricardo Bin Jor, Casimiro Caal Pop y Prof. Alfonso Milián Cantoral, y con la presencia del Secretario Municipal respectivo Profesor José Luis Sis Castro; con el propósito de tratar asuntos Municipales de importancia, por lo que siendo las dieciséis horas con treinta minutos, se procedió de la manera siguiente. PRIMERO: El señor Alcalde Municipal con las formalidades del caso declara abierta la sesión, previa verificación del quorum previsto en la ley de la materia; a continuación y luego de aprobarse la agenda presentada, el Secretario Municipal le dio íntegra lectura al acta anterior, la que fue aceptada de entera conformidad. SEGUNDO: ... TERCERO: La Honorable Corporación Municipal en pleno,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario efectuar el control del servicio de Taxis y de Fletes, velando porque éstos cumplan a cabalidad con las normas necesarias, con el objeto de que la persona que lo utilice cuente con un servicio eficiente y seguro para su integridad física y de los transeúntes;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º. de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: “Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bién común";

CONSIDERANDO:

Que se ha comprobado la proliferación de vehículos que prestan el servicio de taxis y de fletes, sin ninguna clase de órden y sin pagar las tasas y arbitrios Municipales;

CONSIDERANDO:

Que es deber del Concejo Municipal, velar por el establecimiento, regulación y atención de los servicios públicos locales; en éste caso con el objeto de normar lo relativo a los vehículos que funcionan cómo taxis y de fletes, sus requisitos de circulación y conducción, registros, estacionamientos, infracciones y sanciones;

POR TANTO:

Con fundamento en lo que para el efecto establecen los Artículos: 1º, 2º, 3º, 5º, 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 4, 5, 6, 7 literal a), 30, 39 y 40, literales a) y b) del Decreto 58-88 Código Municipal; previa deliberación sobre el particular, por unanimidad de votos.

ACUERDA:

I) Aprobar el siguiente.

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE TAXIS Y VEHICULOS DE FLETES DEL MUNICIPIO DE TACTIC, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ.-

 
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