ACUERDO MINISTERIAL  SP-M-278-2004

Crea el Programa Nacional de Vigilancia de la Calidad de Agua para el Consumo Humano.

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO SP-M-278-2004

Guatemala, 8 de enero de 2004

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en coordinación con las demás instituciones del Sector Salud y con la participación de las comunidades organizadas, tal como está establecido en el Código de Salud, deben promover y desarrollar acciones para evitar y controlar la propagación de las enfermedades transmisibles, ejerciendo la vigilancia correspondiente a la materia y emitir las disposiciones pertinentes conforme a la reglamentación que se establezca.

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social establecer las normas vinculadas a la administración, construcción y mantenimiento de los servicios de agua potable para consumo humano, vigilando en coordinación con las municipalidades y las comunidades organizadas, la calidad del servicio y del agua de los abastos para uso humano, sean estos públicos o privados.

CONSIDERANDO:

Que para la ejecución de las funciones que tiene asignadas el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, conforme lo establece el Código de Salud y su Reglamento Orgánico Interno, está facultado para administrar programas y crear Unidades Especiales de Ejecución.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala y 27 inciso m) de la Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA:

"CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE VIGILANCIA DE LA CALIDAD DE
AGUA PARA CONSUMO HUMANO"

 
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