ACUERDO MINISTERIAL  2-87

Instituye el sistema de Acta de Compromiso para regir el desalmacenaje de las mercaderías normadas por la Sección 5,14, numeral 2) del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA).

ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 2-87

Palacio Nacional: Guatemala, 29 de enero de 1987.

El Ministro de Finanzas Públicas,

CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado proveer facilidades por todos los medios a su alcance, para que las donaciones de alimentos, medicinas, material educativo, ropa usada y demás enceres puedan ser utilizados por las instituciones altruistas que trabajan en forma desinteresada en beneficio de la asistencia social, la educación, la preservación de la moral pública y la realización y mejoramiento de obras de aprovechamiento general, calificando todas aquellas mercaderías que por su naturaleza resulten perecederas y de fácil descomposición, por lo cual es conveniente expeditar su desalmacenaje en resguardo de los intereses de la población a la que va dedicada dicha ayuda,

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le concede el artículo 4º, numeral 7) del Decreto 106-71 del Congreso de la República, Ley del Ministerio de Finanzas Públicas,

ACUERDA:

 
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