ACUERDO MINISTERIAL  26-88

Modifica el Artículo 1o. del Acuerdo Ministerial número 6-87.

Modifica el Artículo 1o. del Acuerdo Ministerial número 6-87 por el cual se autorizo a la Direccion General de Aduanas el Desalmacenaje de Mercaderias

ACUERDO MINISTERIAL Nº 26-88

Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988.

El Ministro de Finanzas Públicas,

CONSIDERANDO:

Que este Ministerio mediante Acuerdo Número 6-87 de fecha 12 de marzo de 1987, autorizó a la Dirección General de Aduanas para permitir el desalmacenaje de mercaderías consignadas a la Presidencia de la República, Ministerio de la Defensa Nacional y Ministerio de Gobernación, mediante el sistema de Acta de Compromiso;

CONSIDERANDO:

Que el Ejército de Guatemala importa mercaderías en las condiciones antes citadas a través del Comisariato del Instituto de Previsión Militar, por lo que es procedente ampliar ese instrumento legal, para autorizar que el Comisariato del IPM, también pueda desalmacenar esos bienes, conforme se dispone en el Acuerdo mencionado,

POR TANTO,

En el ejercicio de las atribuciones que le asigna el Artículo 4º numeral 7) del Decreto Número 106-71 del Congreso de la República, Ley del Ministerio de Finanzas Públicas.

ACUERDA:

 
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