ACUERDO GUBERNATIVO 778-2003
Faculta al Ministerio de Cultura y Deportes para que establezca y cobre una tarifa en quetzales por reproducciones que se hagan por cualquier medio de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.
Faculta al Ministerio de Cultura y Deportes para que establezca y cobre una tarifa en quetzales por reproducciones que se hagan por cualquier medio de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 778-2003
Guatemala, 28 de noviembre de 2003
EI Presidente de la República
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República, corresponde al Estado de Guatemala, cumplir con las funciones de protección, defensa, investigación, conservación y recuperación de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación y dicha normativa constitucional faculta al presidente de la República para emitir los acuerdos, reglamentos para el estricto cumplimiento de las leyes, sin alterar su espíritu.
CONSIDERANDO:
Que al Ministerio de Cultura y Deportes le corresponde atender lo relativo a la protección, conservación, defensa, investigación, recuperación, mantenimiento y vigilancia de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación, es necesario dotarlo de los instrumentos legales necesarios para que pueda agenciarse los fondos necesarios, adicionales para que pueda cumplir con lo preceptuado por las leyes constitucionales y ordinarias que rigen la materia.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y en el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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