DECRETO DEL CONGRESO  54-2003

Concede pensión vitalicia a la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla, por los servicios prestados a la Nación.

DECRETO NUMERO 54-2003

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el artículo 171 literal e) de la Constitución Política de la República atribuye a este Organismo del Estado, la facultad de decretar honores públicos por grandes servicios prestados a la Nación.

CONSIDERANDO:

Que la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla se ha distinguido por sus servicios prestados a la Nación, siendo reconocida por su participación en Importantes eventos culturales, por lo que procede decretarle el honor público, en virtud a su labor en beneficio de la sociedad guatemalteca.

CONSIDERANDO:

Que los honores públicos otorgados a la citada guatemalteca y el reconocimiento que merece, deben ir acompañados de un beneficio económico para aliviar las penurias o dificultades que afronta en razón de su edad y las consecuencias de la misma sobre su estado de salud.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

 
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