ACUERDO GUBERNATIVO 773-2003
Aprueba la Norma Guatemalteca Obligatoria COGUANOR NGO 44 008 Fertilizantes. Etiquetado.
Aprueba la Norma Guatemalteca Obligatoria COGUANOR NGO 44 008 Fertilizantes. Etiquetado.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 773-2003
Guatemala, 28 de noviembre de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR), estudiar, elaborar, adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de normas que se consideren de utilidad para el país y contribuyan al desarrollo industrial, estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, convocó en su oportunidad a los sectores público y privado involucrados en el Etiquetado de Fertilizantes así como otras entidades relacionadas con el tema a efecto de que se pronunciaran sobre la propuesta de norma que tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que debe cumplir el etiquetado de los fertilizantes (abonos) producidos en el país o de origen extranjero.
CONSIDERANDO:
Que consultados los sectores interesados y técnicos en la materia, emitieron opinión, las cuales fueron conocidas por el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas y habiéndose sometido a estudio, ese Cuerpo Colegiado, en el punto cuarto, acta 15-2002, de fecha 29 de noviembre del año dos mil dos, emitió la resolución número 09-2002, en la que adopta la norma COGUANOR NGO 44 008 Fertilizantes. Etiquetado Estando satisfechos todos los requisitos necesarios para la adopción de esta norma, es procedente acordar su aprobación en forma legal.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en los Artículos 2º., literal b) y 6º. del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR).
ACUERDA:
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