ACUERDO GUBERNATIVO  27.09.1948

Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se indican.

Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se expresan.

Palacio Nacional: Guatemala, 27 de septiembre de 1948.

Examinada la solicitud de la Municipalidad de Samayac, departamento de Suchitepéquez, relativa a que se aprueben los arbitrios que ha resuelto establecer, y apareciendo que se llenaron los requisitos que determina la Ley de Municipalidades,

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPUBLICA

 
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