ACUERDO GUBERNATIVO 27.09.1948
Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se indican.
Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se expresan.
Palacio Nacional: Guatemala, 27 de septiembre de 1948.
Examinada la solicitud de la Municipalidad de Samayac, departamento de Suchitepéquez, relativa a que se aprueben los arbitrios que ha resuelto establecer, y apareciendo que se llenaron los requisitos que determina la Ley de Municipalidades,
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPUBLICA
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