DECRETO LEY 101-70
Ley Orgánica del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola
DECRETO No. 101-70
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del Estado velar por que la población del país obtenga los productos agrícolas que forman la base de su alimentación, a precios razonables y justos;
CONSIDERANDO:
Que para este fin es necesario que el Gobierno participe en la función estabilizadora de precios, de mercadeo y de abastecimiento de productos agrícolas de consumo básico, promoviendo la eficiente producción y protegiendo justamente a los consumidores;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario modificar las instituciones que hasta la fecha han tenido a su cargo la labor de promoción de mercadeo, estabilización de precios y abastecimiento de productos agrícolas de consumo básico para adaptarlas a las necesidades actuales y al Plan Nacional de Desarrollo 1971-1975.
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 170, inciso 1º. de la Constitución de la República;
DECRETA:
La siguiente
Ley Orgánica del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola
TITULO I
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES GENERALES
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