CONVENIO  0417

Acuerdo entre la República de Guatemala y la República del Ecuador, sobre Cooperación en Materia de Prevención del Consumo y Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y Precursores Químicos

Convenio Número 0417

INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRAFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y PRECURSORES QUÍMICOS.

YO, ALFONSO PORTILLO CABRERA

Presidente de la República de Guatemala

DECLARO:

Que el Gobierno de la República de Guatemala, habiendo firmado, en la ciudad de San Francisco de Quito, Ecuador con fecha 14 de agosto de 2002 el ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y PRECURSORES QUÍMICOS, ratifica por el presente dicho Acuerdo y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.

Hecho en la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil tres.

EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

ENCARGADO DEL DESPACHO

GABRIEL AGUILERA PERALTA

Lic. J. Luis Mijangos C.

SECRETARIO GENERAL

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y PRECURSORES QUÍMICOS

La República de Guatemala y la República del Ecuador, en adelante denominadas las Partes Contratantes,

CONSCIENTES de que la cooperación bilateral resulta fundamental para hacer frente a los problemas derivados del uso indebido y el tráfico ilícito de drogas;

TENIENDO en cuenta las recomendaciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988.

DESEANDO cooperar mediante un Acuerdo Bilateral al objetivo mundial de la prevención, control y eliminación del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores químicos.

ACUERDAN LO SIGUIENTE:

 
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