DECRETO LEY  154-83

Cuota de Sostenimiento de la Superintendencia de Bancos a cargo de las compañías de seguros y de fianzas.

*Derogado por el artículo 112 al entrar en vigencia el Decreto 25-2010 del Congreso de la República de fecha 14-07-2010.

JEFATURA DE ESTADO

DECRETO LEY NUMERO 154-83

EL JEFE DE ESTADO

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Superintendencia de Bancos, la vigilancia, control y fiscalización de las instituciones que operan seguros y fianzas en el país;

CONSIDERANDO:

Que las entidades a que se refiere el Considerando anterior, deben contribuir a sufragar los gastos que ocasiona su vigilancia, control, fiscalización y demás servicios que presta la Superintendencia de Bancos y que dicho aporte debe calcularse con base en un porcentaje de las primas que perciban las entidades fiscalizadas, para cuyo propósito debe dictarse en tal sentido, la respectiva disposición legal.

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el artículo 4o. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,

DECRETA:

 
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