ACUERDO MINISTERIAL 675
Crea los Institutos Nacionales de Educación Básica de Telesecundaria..
ACUERDO MINISTERIAL No. 675
Guatemala, 19 de agosto de 2003
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es propósito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, proporcionar a los estudiantes del nivel medio, alternativas de estudio, que les permitan alcanzar una formación teórica - práctica para su desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida.
CONSIDERANDO:
Que el marco de las políticas y acciones del Ministerio de Educación establece la ampliación de la cobertura del Ciclo Básico del Nivel Medio, mediante el funcionamiento de proyectos innovadores, con calidad y equidad dentro del Sistema Educativo.
CONSIDERANDO:
Que el Sistema de Mejoramiento de los Recursos Humanos y Adecuación Curricular SIMAC, a través de las instancias correspondientes, comprobó el logro de los fines y objetivos del Acuerdo Ministerial No. 39 de fecha 3 de marzo de 1998. Creación del Programa de Telesecundaria en el Ciclo Básico del Nivel Medio del Sistema Educativo Nacional, al haberse cumplido el tiempo reglamentario de su experimentación y siendo su existencia una necesidad sentida en las poblaciones escolares, especialmente en aquellos lugares rurales y en donde por diversas razones no funciona un Instituto de Educación Media.
POR TANTO:
Con base en el primer párrafo del articulo 74, de la Constitución Política de la República de Guatemala, y los artículos 8,11,33,34,39,45 y 54 de la Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 12-91, 27 literales a), c), f) de la Ley del Organismo Ejecutivo, y 32 literales a) y c) de la misma ley.
ACUERDA:
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