ACUERDO GUBERNATIVO 598-92
Aprueba la Escala de Salarios.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 598-92
Palacio Nacional: Guatemala, 16 de julio 1992.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República, a efecto de garantizar a los trabajadores un nivel de ingreso congruente con las condiciones económicas imperantes en el país, acordó en el año 1991, como producto del Pacto Social, fijar un salario mínimo de Q. 348.00 mensuales para mejorar el nivel de ingreso y consecuentemente las condiciones de vida de los trabajadores de la base de la escala y adicionalmente, un incremento no menor de Q. 100.00 mensuales a todos aquellos empleados que ya sobrepasaran el salario mínimo establecido en esa oportunidad, lo que implicó un incremento de 157% al salario inicial de los servidores que devengaban los sueldos menores pagados por el Estado previo al establecimiento del salario mínimo de Q.348.00 indicado;
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de la preocupación del Ejecutivo de propiciar el desarrollo integral de los recursos humanos del Sector Público, así como de mantener la capacidad adquisitiva de los salarios de los servidores públicos y mejorar sus condiciones de vida, integró una comisión de Alto Nivel que revisara los salarios de los trabajadores del Estado y elaborara y propusiera –de conformidad con la realidad del país y la capacidad financiera del Estado- una nueva escala salarial que responda a las condiciones actuales, ya que la anterior se encuentra deteriorada por los incrementos salariales en montos absolutos otorgados con anterioridad al año de 1991, sin tomar en consideración los criterios técnicos que deben observarse para el efecto;
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República, con el objeto de implementar mecanismos que permitan captar y retener personal calificado que posea la capacidad requerida para planificar, dirigir, organizar y ejecutar programas de Gobierno, ha decidido otorgar incrementos salariales de conformidad con el grado de complejidad, autoridad y responsabilidad inherentes a las funciones asignadas a los puestos, así como a la jerarquía de los mismos;
CONSIDERANDO:
Que al incrementar los salarios de los servidores públicos, el Gobierno de la República pretende fomentar y fortalecer el desarrollo de la carrera administrativa de los mismos y confía en que tales incrementos se traducirán en una mayor productividad y eficiencia en el trabajo, lo que redundará en un proceso que acelere y mejore la prestación de los servicios que demanda la población guatemalteca;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, incisos e) y n) de la Constitución Política de la República de Guatemala;
EN CONSEJO DE MINISTROS
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