ACUERDO GUBERNATIVO 420-2003
Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional Civil.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 420-2003
Guatemala, 18 de julio de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que los miembros de la Policía Nacional Civil, forman parte de la institución profesional encargada de la seguridad pública, por lo que deben actuar con conducta ejemplar y respetuosos de los derechos humanos, pero a la vez los miembros de la policía deben tener normas que los protejan como servidores públicos en un servicio de naturaleza muy especial y para ello se necesita un régimen disciplinario, que asegure el respeto de sus garantías individuales y que asimismo permita aplicar las sanciones a los miembros de institución policial con agilidad por actos o conductas indebidas, con la finalidad de afianzar el estado de derecho y la participación ciudadana en dicho proceso; haciéndose necesario actualizar el Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional Civil, emitiéndose para el efecto, las normas correspondientes.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 39, 40 y 41 de la Ley de la Policía Nacional Civil, contenido en el Decreto número 11-97 del Congreso de la República.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
AMBITO DE APLICACION
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