ACUERDO GUBERNATIVO  263-92

Modifica el Acuerdo Gubernativo Número 759-90, Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 263-92

Palacio Nacional: Guatemala, 28 de abril de 1992.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado velar por la protección y uso racional del patrimonio natural de la Nación, adoptando medidas efectivas tendientes a lograr la conservación ecológica y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales;

CONSIDERANDO:

Que dentro del Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas -SIGAP-, existen áreas bajo la denominación de Parques Nacionales que fueron declaradas con anterioridad a la vigencia de la Ley cuyo manejo debe adecuarse a las circunstancias actuales a efecto que los recursos de tales áreas sean aprovechados en forma racional para su uso forestal, agrícola, habitacional, urbanístico o turístico, por lo que deviene procedente emitir la disposición legal correspondiente.

POR TANTO,

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 7 y 8 del Decreto 4-89 del Congreso de la República - Ley de Areas Protegidas -; 7 y 8 de su Reglamento (Acuerdo Gubernativo 759-90),

ACUERDA:

 
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