ACUERDO GUBERNATIVO  1222-88

Administración de Puestos y Salarios

*Derogado por el artículo 86 del Acuerdo Gubernativo 18-98 del Presidente de la República

ACUERDO GUBERNATIVO No. 1222-88

Palacio Nacional: Guatemala, 30 de diciembre de 1988.

El presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que las leyes de Servicio Civil, de Salarios de la Administración Pública y Orgánica del Presupuesto, establecen normas que deben cumplir las dependencias del Estado y sus Entidades Descentralizadas o Autónomas; empero, dichas leyes, no establecen en todos los casos los procedimientos para su correcta aplicación;

CONSIDERANDO:

Que es necesario reunir, en un solo cuerpo legal disposiciones de carácter procedimental, que permita a las dependencias del Organismo Ejecutivo y Entidades Descentralizadas o Autónomas su adecuada aplicación;

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el inciso e) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el Artículo 8º de la Ley de Servicio Civil;

En Consejo de Ministros;

ACUERDA:

 
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