ACUERDO 123-2001
Autorizar el uso de los formatos de franquicia diplomática y franquicia gubernativa los cuales se adjuntan como anexo al presente acuerdo y por lo tanto forman parte de éste.
ACUERDO No. 123-2001
Guatemala, 11 de julio de 2001
EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, le confiere a la SAT la función de administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala y ejercer las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria, vinculados con el régimen aduanero.
CONSIDERANDO:
Que conforme el plan de modernización del sistema aduanero del país, se reglamentó a través del Acuerdo número 059-2000 de fecha 27 de abril del año 2000, el procedimiento de transmisión electrónica de las pólizas o declaraciones aduaneras, lo que se encuentra también en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento, siendo conveniente agilizar los trámites de franquicias Diplomáticas y Gubernativas a efecto de contar con dicho documento previo a la transmisión electrónica relacionado.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 3, incisos b), h) y j); 23 inciso h); y, 59 del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria.
ACUERDA:
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