RESOLUCIÓN  CNEE-37-2003

Metodología para el control de Calidad del Servicio Técnico de las Normas Técnicas de Calidad del Servicio de Transporte y Sanciones.

Resolución CNEE-37-2003

Guatemala, 7 de abril de 2003

LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA

CONSIDERANDO

Que el artículo 4, del decreto número 93-96 del Congreso de la República, Ley General de Electricidad, establece que, entre otras, es función de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica cumplir y hacer cumplir la ley y sus reglamentos, en materia de su competencia; velar por el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y concesionarios, asi como proteger los derechos de los usuarios y emitir las normas técnicas relativas al subsector eléctrico.

CONSIDERANDO

Que tanto el artículo 51 de la Ley General de Electricidad como el 101 del Reglamento de la referida Ley, preceptúan que todo usuario tiene derecho a demandar el suministro de un servicio eléctrico de calidad, recayendo en el Distribuidor la responsabilidad de prestar al servicio público de Distribución a todos sus usuarios y Grandes usuarios ubicados dentro de su área obligatoria en su zona de autorización, para lo cual requiere que en sus puntos de conexión con los transportistas se tenga un servicio de energía eléctrica de calidad que le permita cumplir con sus obligaciones.

CONSIDERANDO

Que la resolución CNEE-50-99 que contiene las Normas Técnicas de Calidad del Servicio de Transporte y Sanciones en los numerales 54.1, 54.2, 54.5 y 54.6 del artículo 54, preceptúa la competencia de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica para la fiscalización del fiel cumplimiento de la norma antes relacionada, la emisión de normas complementarias o modificadoras, la auditoría de cualquier etapa del proceso y el requerimiento de informes periódicos para el control de calidad del servicio de energía eléctrica. En virtud de lo anterior, se hace necesaria una metodología que regule la sistematización del intercambio de información entre los transportistas, el Administrador del Mercado Mayorista y Comisión Nacional de Energía Eléctrica, con el objeto de hacer viables los mecanismos de control, recepción y remisión de información.

POR TANTO:

La Comisión Nacional de Energía Eléctrica, en ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 4 de la Ley General de Electricidad. Decreto número 93-96, del Congreso de la República,

RESUELVE:

Emitir la siguiente:

METODOLOGIA PARA EL CONTROL DE LA CALIDAD DEL SERVICIO TECNICO DE LAS NORMAS TECNICAS DE CALIDAD DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y SANCIONES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,342 veces.
  • Ficha Técnica: 18 veces.
  • Imagen Digital: 18 veces.
  • Texto: 18 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu