ACUERDO MINISTERIAL 52-2003
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 52-2003
Guatemala, 10 de marzo de 2003
El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales,
CONSIDERANDO:
Que mediante El Acuerdo Ministerial No. 147 de fecha 14 de noviembre 2002, se crea dentro del esquema del Sector Público de Ambiente y Recursos Naturales, el Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.
CONSIDERANDO:
Que con base en el acuerdo del reglamento interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Gubernativo 186-2001, capitulo II, artículo 4, inciso VI, mediante acuerdo Ministerial, se debe emitir las normas reglamentarias para el funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos naturales.
CONSIDERANDO:
Que el presente reglamento interno del consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales, fué sometido a revisión y aprobación por los integrantes del Consejo.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Decreto 90-2000 del Congreso de la República, Acuerdo Gubernativo 186-2001 Reglamento Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
ACUERDA
El siguiente: Reglamento de funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.
CAPITULO I
DEL OBJETIVO
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