ACUERDO MINISTERIAL  52-2003

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 52-2003

Guatemala, 10 de marzo de 2003

El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales,

CONSIDERANDO:

Que mediante El Acuerdo Ministerial No. 147 de fecha 14 de noviembre 2002, se crea dentro del esquema del Sector Público de Ambiente y Recursos Naturales, el Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.

CONSIDERANDO:

Que con base en el acuerdo del reglamento interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Gubernativo 186-2001, capitulo II, artículo 4, inciso VI, mediante acuerdo Ministerial, se debe emitir las normas reglamentarias para el funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos naturales.

CONSIDERANDO:

Que el presente reglamento interno del consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales, fué sometido a revisión y aprobación por los integrantes del Consejo.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Decreto 90-2000 del Congreso de la República, Acuerdo Gubernativo 186-2001 Reglamento Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

ACUERDA

El siguiente: Reglamento de funcionamiento del Consejo Consultivo de Ambiente y Recursos Naturales.

CAPITULO I
DEL OBJETIVO

 
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