DECRETO DEL CONGRESO 61-87
Ley del Impuesto del Papel Sellado y Timbres Fiscales
*Derogado por el artículo 48 del Decreto No. 37-92 del Congreso de la República de Guatemala
DECRETO NUMERO 61-87
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que para poner en práctica el Programa de Reorganización Nacional que ejecutará el Gobierno de la República, se requiere una revisión de los principales impuestos existentes, a fin de mejorar la recaudación fiscal sobre las bases de los principios de equidad y justicia tributaria establecidos por la Constitución Política de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que es conveniente readecuar el Impuesto de Papel Sellado y Timbres Fiscales a los principios constitucionales en materia tributaria, simplificando los procedimientos de recaudación del impuesto en beneficio de los intereses fiscales y de los propios contribuyentes.
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere los incisos a) y c) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DEL IMPUESTO DEL PAPEL SELLADO Y TIMBRES FISCALES
TITULO I
DEL IMPUESTO, OBJETO, SUJETO Y SUS TASAS
CAPITULO I
DEL IMPUESTO
- Buscado: 12,550 veces.
- Ficha Técnica: 2,983 veces.
- Imagen Digital: 53 veces.
- Texto: 2,978 veces.
- Formato PDF: 272 veces.
- Formato Word: 313 veces.