ACUERDO MINISTERIAL SP-M-031-2003
Norma Sanitaria para la Autorización, Vigilancia y Control de Empresas Controladoras de Plagas Domésticas.
ACUERDO MINISTERIAL SP-M-031-2003
Guatemala, 31 enero 2003
El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala obliga a velar por la salud de todos los guatemaltecos y que de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 121 y 123 DEL Código de Salud, Decreto 90-97 del Congreso de la República, corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social por medio de sus dependencias, ejercer vigilancia y control de los establecimientos que comprenden la clasificación descrita en el artículo 71 del Acuerdo Gubernativo 712-99, incluyendo las empresas fumigadoras.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 26 incisos c) y d) y 29 del Acuerdo Gubernativo No. 115-99 que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDA:
Emitir la:
NORMA SANITARIA PARA LA AUTORIZACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE EMPRESAS CONTROLADORAS DE PLAGAS DOMESTICAS.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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