DECRETO DEL CONGRESO 25-78
Ley que Instituye la Orden "Dolores Bedoya de Molina"
Ley que Instituye la Orden "Dolores Bedoya de Molina"
DECRETO NUMERO 25-78
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que es conveniente estudiar las actividades de la mujer que suponen esfuerzo personal para lograr la suspensión en su calidad de madre, maestra, profesional, artista, oficinista obrera, campesina y en su proyección cívica y deportiva, y que el Estado tiene el deber primordial de propiciar ese estímulo;
CONSIDERANDO:
Que para cumplir con tal estímulo, es propicia la ocasión para exaltar ala vez, con el honor que se merece, la memoria de nuestra ilustre patricia, doña Dolores Bedoya de Molina, por su brillante participación en la gesta cívica de la Independencia Nacional.
POP TANTO.
En uso de las facultades que le confiere el inciso 1 del articulo 170 de la Constitución de la República.
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