CONVENIO  0328

Convenio Marco Relativo a La Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en Guatemala en virtud del Reglamento "ALA" Firmado en la Ciudad de Guatemala el 18 de junio de 1999.

YO ALFONSO PORTILLO CABRERA
Presidente de la República de Guatemala

DECLARO:

Que el Gobierno de la República de Guatemala, habiendo firmado en la ciudad de Guatemala con fecha 18 de junio de 1999 el Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en Guatemala en virtud del Reglamento "ALA" y modificado mediante nota REF. No. CPC/HG/ac/446/00 de fecha 9 de mayo de 2000, suscrita por el Consejero Residente de la Delegación de la Comisión Europea y el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, ratifica por el presente dicho Convenio y su modificación y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, he firmado el presente instrumento.

Hecho en la ciudad de Guatemala, a diecinueve días del mes de junio de dos mil dos.

El Viceministro de Relaciones Exteriores
Encargado del Despacho
Ramiro Ordoñez Jonama

Referencia: Decreto del Congreso de la República No. 26-2002 emitido el 7 de mayo de 2002.

Lic. J. Luis Mijangos C.
Secretario General
Presidencia de la República

CONVENIO- MARCO RELATIVO A LA EJECUCIÓN DE LA AYUDA
FINANCIERA Y TÉCNICA Y DE LA COOPERACION ECONÓMICA
EN GUATEMALA EN VIRTUD DEL REGLAMENTO "ALA"

La Comunidad Europea, en lo sucesivo denominada "la Comunidad", representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, en lo sucesivo denominada "la Comisión",

por una parte,

y el Gobierno de la República de Guatemala, en lo sucesivo denominado "Guatemala"

por otra parte,

en conjunto denominadas "las partes"

Considerando que el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad y los países parte del Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Costa Rica, El Salvador, Honduras, Guatemala, Nicaragua y Panamá) en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", firmado en San Salvador el 23 de febrero de 1993, prevé, con el fin de contribuir a la realización de sus objetivos, la ejecución de una ayuda financiera y técnica y de una cooperación económica en favor de la República de Guatemala.

Considerando que el Reglamento (CE) nº 443/92 del Consejo de las Comunidades Europeas con fecha del 25 de febrero 1992, denominado el Reglamento "ALA", establece las normas que deben aplicarse para la ejecución de los proyectos relativos a la ayuda financiera y técnica y a la cooperación económica en los países en desarrollo de América Latina,

las partes,

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