DECRETO DEL CONGRESO 84-2002
Ley de Adjudicación de bienes Inmuebles Propiedad del Estado, El Gobierno o la Nación, a favor de familias en situación de Pobreza y Extrema Pobreza.
DECRETO NUMERO 84-2002
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común.
CONSIDERANDO:
Que uno de los compromisos de los Acuerdos de Paz, obligan al Estado de Guatemala a buscar soluciones habitacionales para quienes carecen de vivienda propia.
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado velar por la elevación del nivel de vida de los habitantes del país, promoviendo para el efecto la legalización de bienes inmuebles estatales a favor de familias en situación de pobreza y extrema pobreza, que les permita en el futuro habitar los terrenos que ocupan con certeza jurídica.
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con un instrumento legal de fácil aplicación para legalizar la ocupación que de hecho ya tienen las familias en situación de pobreza y extrema pobreza, de los terrenos urbanos y rurales propiedad del Estado, el Gobierno o la Nación, siempre que las familias solicitantes no posean con o sin título justo uno o más inmuebles y no sean propietarias de uno o más inmuebles.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE ADJUDICACIÓN DE BIENES INMUEBLES PROPIEDAD DEL ESTADO,
EL GOBIERNO O LA NACIÓN, A FAVOR DE FAMILIAS EN SITUACIÓN DE
POBREZA Y EXTREMA POBREZA.
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