RESOLUCIÓN JM-279-2002
Aprueba Conforme Anexo a la presente Resolución, el Reglamento para el Registro de Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros.
RESOLUCIÓN JM-279-2002
Inserta en el Punto Sexto del Acta 61-2002, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 13 de noviembre de 2002.
PUNTO SEXTO: Superintendencia de Bancos eleva a consideración de la Junta Monetaria el proyecto de Reglamento para el Registro de Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros.
RESOLUCIÓN JM-279-2002. Conocido el Oficio No. 4316-2002 del Superintendente de Bancos del 9 de octubre de 2002, mediante el cual eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento para el Registro de Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 6, inciso b), del decreto Número 19-2002 del Congreso de la República, Ley de Bancos y Grupos Financieros, establece que los bancos extranjeros podrán registrar, en la Superintendencia de bancos, oficinas de representación únicamente para la promoción de negocios y el otorgamiento de financiamiento en el territorio nacional, para lo cual, el banco extranjero interesado deberá nombrar a un representante legal para operar la oficina de representación que establezca en el país; CONSIDERANDO; Que los artículos 7 y 8 del citado Decreto Número 19-2002 del Congreso de la República, confieren a esta Junta la potestad reglamentaria para establecer los requisitos, trámites, procedimientos y plazos para el registro de oficinas de representación de bancos extranjeros;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 26 inciso m) del Decreto Número 16-2002, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, 6, 7, 8 y 129 del Decreto Número 19-2002, Ley de Bancos y Grupos Financieros, ambos decretos del Congreso de la República, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1. Aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento para el Registro de Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros.
2. autorizar a la secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el 2 de enero de 2003.
Hugo Rolando Gómez Ramírez
Secretario
Junta Monetaria
ANEXO A LA RESOLUCIÓN JM-279-2002
REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE OFICINAS DE REPRESENTACIÓN DE BANCOS EXTRANJEROS
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