RESOLUCIÓN  12-09-1968

Reglamento Sobre Colores Y Diseño de la Bandera y el Escudo Nacional.

Palacio Nacional: Guatemala, 12 de septiembre de 1968.

El Presidente Constitucional de la República,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decretos números 12 y 33 de fechas 17 de agosto y 18 de noviembre de 1871, dictados por el entonces Presidente de Guatemala, General Miguel García Granados se establecieron , respectivamente, la bandera nacional y el escudo de armas de la República;

CONSIDERANDO:

Que la falta de una reglamentación adecuada en materia tan importante, ha dado origen a que dichos símbolos patrios se hayan venido representando en forma caprichosa y arbitraria, tanto en lo que se refiere al matiz de sus colores como el diseño del escudo de armas de la República;

CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo Gubernativo de fecha 30 de noviembre de 1967, se designó una comisión, con el objeto de que efectuara los estudios pertinentes a la correcta aplicación de las leyes mencionadas, la que después de meritoria labor rindió dictamen presentado el proyecto respectivo,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 4º del artículo 189 de la Constitución de la República,

En Consejo de Ministros,

ACUERDA:

El siguiente

Reglamento Sobre Colores y Diseño de la Bandera y el Escudo Nacionales

DE LA BANDERA

 
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