CONVENIO 0307.I
Tratado Libre Comercio Triangulo Norte Capítulo I Disposiciones Iniciales.
*Ver su efecto por el artículo 21.7, inciso 3 del nuevo Tratado (Convenio 798)
INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPUBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA, Y HONDURAS, suscrito en la ciudad de México, el 29 de junio de 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República, por Decreto número 86-2000 emitido el 29 de noviembre de 2000, aprobó el TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPUBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS, suscrito en la ciudad de México el 29 de junio de 2000.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 inciso o) de la Constitución Política de la República.
ACUERDA.
Ratificar el Instrumento a que se refiere el considerando anterior, el cual deberá publicarse en el Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Guatemala, a los cuatro días del mes de enero de dos mil uno.
ALFONSO PORTILLO CABRERA
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DEL DESPACHO
RAMIRO ORDOÑEZ JONAMA
LIC. J. LUIS MIJANGOS C.
SECRETARIO GENERAL
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPUBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS
INDICE
TOMO I
Preámbulo Capítulo I Disposiciones Iniciales Capítulo II Definiciones generales
Preámbulo | |
Capítulo I | Disposiciones Iniciales |
Capítulo II | Definiciones generales |
Anexo 2.01 - Definiciones específicas por país | |
Capítulo III | Trato Nacional y Acceso de bienes al Mercado |
Anexo 3-03 y 3-09: Excepciones a los artículos 3-03 y 3-09 | |
× Sección A: Medidas de El Salvador | |
× Sección B: Medidas de Guatemala | |
× Sección C: Medidas de Honduras | |
× Sección D: Medidas de México | |
Anexo 3-14: Impuestos a la Exportación (Honduras) | |
Anexo 3-15: Mercado de País de Origen | |
Anexo 3-16: Productos Distintivos | |
Anexo 3-19: Niveles de Flexibilidad Temporal entre México y El Salvador y Guatemala | |
Capítulo IV | Sector Agropecuario |
Anexo 4-09: Salvaguardia Agrícola Especial | |
× Sección A: SAE El Salvador-México | |
× Sección B: SAE Guatemala-México | |
× Sección C: SAE Honduras-México | |
Anexo 4-10: Comité de Comercio Agropecuario | |
Anexo 4-11: Comercio de Azúcar entre Guatemala y México | |
Capítulo V | Medidas Sanitarias y Fitosanitarias |
Anexo 5-03: Procedimientos Generales para la adopción y aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias | |
Anexo 5-10: Estructura Organizativa del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias | |
Capítulo VI | Reglas de Origen |
Anexo 6-01: Cálculo del Costo Total | |
Anexo 6-03: Reglas específicas de Origen | |
Anexo 6-20: Ámbito del Trabajo del CIRI | |
Anexo 6-26: Reglas de Origen Aplicables a los Niveles de Flexibilidad Temporal entre México y El Salvador y Guatemala | |
Capítulo VII | Procedimientos Aduaneros |
Anexo 7-01 Autoridades Competentes | |
Capítulo VIII | Medidas de Salvaguardia |
Anexo 8-01 Autoridad Competente | |
Capítulo IX | Prácticas Desleales de Comercio Internacional |
Anexo 9-01 (1) Autoridad Competente | |
Anexo 9-02 (2) Autoridad Investigadora | |
Anexo 9-03 (3) Organos de Difusión | |
Anexo 9-04 Procedimiento Regional | |
Capítulo X | Comercio Transfronterizo de Servicios |
Anexo sobre Servicios Profesionales | |
Anexo 10-07 Centros de Información | |
Anexo 10-09 Transporte por carretera | |
0.00 |
|
Capítulo XI | Servicios Financieros |
Anexo 11-01 Autoridad Competente | |
Anexo 11-15 Reservas y Compromisos Específicos | |
Capítulo XII | Telecomunicaciones |
Capítulo XIII | Entrada Temporal de Personas de Negocios |
Anexo 13-04 Entrada Temporal de Personas de Negocios | |
Sección A - Visitantes de Negocios | |
Sección B - Comerciantes e Inversionistas | |
Sección C - Transferencia de Personal dentro de una Empresa | |
Apéndice 1 al Anexo 13-04: Actividades de Visitantes de Negocios | |
Apéndice 2 al Anexo 13-04: Medidas Migratorias Vigentes | |
Capítulo XIV | Inversión |
Anexo 14-11 Utilidad Pública | |
Anexo 14-40(2) Entrega de Notificaciones y Otros Documentos | |
Anexo 14-41 Exclusiones | |
Capítulo XV | Medidas Relativas a la Normalización |
Anexo 15-12 Autoridades Competentes | |
Capítulo XVI | Propiedad Intelectual |
Capítulo XVII | Transparencia |
Capítulo XVIII | Administración del Tratado |
Anexo 18-01 Funcionarios de la Comisión Administrativa | |
Anexo 18-02(1) Funcionarios de la Subcomisión Administradora | |
Anexo 18-02(2) Comités y Subcomités | |
Capítulo XIX | Solución de controversias |
Anexo 19-02 Anulación y Menoscabo | |
Anexo 19-08 Código de Conducta | |
Anexo 19-10 Reglas Modelo de Procedimiento | |
Capítulo XX | Excepciones |
Anexo 20-05 Autoridad Competente | |
Capítulo XXI | Disposiciones finales |
Anexo I | Reservas en relación con medidas existentes y compromisos de liberalización |
Lista de Guatemala | |
Lista de México | |
Anexo II | Reservas en relación con medidas futuras |
Lista de Guatemala | |
Lista de México | |
Anexo III | Actividades reservadas al Estado |
Lista de Guatemala | |
Lista de México | |
Anexo IV | Excepciones al Trato Nación Más Favorecida |
Lista de Guatemala | |
Lista de México | |
Anexo 3-04(5) | Programa de Desgravación Arancelaria de México |
Anexo 3-04(5) | Programa de Desgravación Arancelaria de Guatemala |
PREÁMBULO
Los Estados Unidos Mexicanos, la República de El Salvador, La República de Guatemala y la República de Honduras,
DECIDIDOS A:
FORTALECER los vínculos de amistad y el espíritu de cooperación existente entre sus pueblos;
ACELERAR e impulsar la revitalización de los esquemas de integración americanos;
ALCANZAR un mejor equilibrio en sus relaciones comerciales;
CONTRIBUIR al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a la ampliación de la cooperación internacional;
PROPICIAR un mercado más extenso y seguro para los bienes producidos y el intercambio recíproco de servicios en sus territorios;
ELEVAR la competitividad del sector de servicios, para consolidar la competitividad de los países en la zona de libre comercio;
REDUCIR las distorsiones en su comercio recíproco;
ESTABLECER un marco jurídico con reglas claras y de beneficio mutuo para promoción y protección de las inversiones, así como para facilitar el intercambio comercial de sus bienes y servicios;
ASEGURAR un marco comercial previsible para la planificación de las actividades productivas y la inversión;
DESARROLLAR las disposiciones del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial de Comercio (Acuerdo sobre la OMC), así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de integración y cooperación;
FORTALECER la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales;
PROTEGER los derechos de propiedad intelectual;
CREAR oportunidades de empleo y mejorar los niveles de vida en sus respectivos territorios;
PROMOVER el desarrollo económico de manera congruente con la protección y conservación del ambiente, así como con el desarrollo sostenible;
PRESERVAR su capacidad para salvaguardar el bienestar público; y
FOMENTAR la participación dinámica de los distintos agentes económicos, en particular del sector privado, en los esfuerzos orientados a profundizar sus relaciones económicas;
CELEBRAN ESTE TRATADO DE LIBRE COMERCIO
Capítulo I
DISPOSICIONES INICIALES
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