RESOLUCIÓN JM-177-2002
Se acuerda aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento del encaje Bancario.
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-177-2002
Inserta en el Punto Sexto del Acta 36-2002, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 1 de junio de 2002.
PUNTO SEXTO: Proyecto de Reglamento del Encaje Bancario.
RESOLUCIÓN JM-177-2002. Conocido el Oficio 4119 del Consejo Técnico del Banco de Guatemala, por medio el cual se eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento del Encaje Bancario; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 inciso c) del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, establece que esta Junta tendrá, entre otras, la atribución de reglamentar los aspectos relativos al encaje bancario y al depósito legal;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 43 del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, dispone en lo conducente que los depósitos bancarios están sujetos a encaje bancario, el cual se calculará, en moneda nacional o en moneda extranjera, como un porcentaje de la totalidad de tales depósitos;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la indicada Ley Orgánica del Banco de Guatemala establece que esta Junta reglamentará, de manera general y uniforme, el encaje bancario, y que tal reglamentación deberá contener, fundamentalmente, los aspectos relacionados con la composición y forma de constitución en moneda nacional o en moneda extranjera de dicho encaje bancario; el porcentaje del mismo; la base de cómputo; el período de cómputo; la posición de encaje bancario; los límites a la intensidad o a la frecuencia de las deficiencias de encaje; y, la remuneración, cuando esta Junta lo estime conveniente, de una parte o del total del encaje;
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de reglamento propuesto se adecua al propósito establecido en la citada Ley Orgánica del Banco de Guatemala, se estima conveniente su aprobación;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 26 incisos c) y l), 43, 45, 64 y 87 del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1.Aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento del Encaje Bancario.
2.Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el día de su publicación.
Hugo Rolando Gómez Ramírez
Secretario
Junta Monetaria
ANEXO A LA RESOLUCIÓN JM-177-2002
REGLAMENTO DEL ENCAJE BANCARIO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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