ACUERDO GUBERNATIVO 177-2002
Se acuerda modificar el Acuerdo Gubernativo número 120-2002.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 177-2002
Guatemala, 11 de junio de 2002
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que por el Acuerdo Gubernativo número 120-2002, se emitió el Reglamento de la Ley del Impuesto Específico sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures, Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas y Agua Natural Envasada, pero es necesario modificar su artículo 10 por cuanto su texto difiere parcialmente del de los artículos análogos en los otros Reglamentos que desarrollan el Distintivo de control de los productos importados, cuya distribución está afecta, lo cual es improcedente dado que los regímenes legales son similares y su desarrollo reglamentario también debe ser similar.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e), de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
Modificar el Acuerdo Gubernativo número 120-2002, que contiene el Reglamento de la Ley del Impuesto Específico sobre la Distribución de Bebidas Gaseosas, Bebidas Isotónicas o Deportivas, Jugos y Néctares, Yogures, Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas y Agua Natural Envasada, en el siguiente sentido:
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