DECRETO DEL CONGRESO 73-92
Ley de Creación del Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología
DECRETO NUMERO 73-92
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que a través del CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA el Estado busca apoyar y promover el desarrollo científico y tecnológico, especialmente aumentando la cantidad y calidad de recursos humanos, investigación, desarrollo tecnológico y la prestación de servicios científicos tecnológicos que impacten significativamente en la actividad productiva del país;
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con recursos financieros que permitan dinamizar la realización de las acciones contenidas en el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO, a efecto de fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.,
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo que establecen los artículo 21, 23 y 25, inciso g) del Decreto 63-91 del Congreso de la República, Ley de Promoción del Desarrollo Científico Tecnológico Nacional,
DECRETA:
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