ACUERDO MUNICIPAL  10-85

Plan de Tasas de la Municipalidad de Chiantla, Departamento de Huehuetenango


MUNICIPALIDAD DE VILLA DE CHIANTLA, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO


Apruébase el Plan de Tasas que se indica acordado por la Municipalidad de Villa de Chiantla, departamento de Huehuetenango.

Como Secretario Municipal de la Villa de Chiantla, departamento de Huehuetenango, Certifico: Que para el efecto he tenido a la vista el Libro de Acuerdos Municipales que se lleva en el Despacho actualmente, en el cual se encuentra dictado al que copiado dice así:

"Acuerdo Municipal número 10-85 - Manuel Salvador Galicia López, Alcalde con atribuciones de Corporación Municipal de la Villa de Chiantla, departamento de Huehuetenango.

CONSIDERANDO:

Que en Acuerdo Municipal número 42-84 emitido con fecha dos de noviembre del año pasado, después de hacer las consideraciones pertinentes para justificar las razones que para ello se tuvieron y previa la asesoría correspondiente de parte del Instituto de Fomento Municipal, se acordó la aprobación de Nuevo Plan de Tasas Municipales, para mejorar las fianzas municipales;

CONSIDERANDO:

Que hechos los trámites de rigor, el mencionado Acuerdo Municipal, por medio del Ministerio de Gobernación, fue enviado a la Tipografía Nacional, para ser publicado en el Diario oficial y lograr así su vigencia legal y aplicación, pero según se tiene entendido dicho Plan de Tasas, aún no ha sido publicado;

CONSIDERANDO:

Que en el mencionado Plan de Tasas Municipales se incluyeron como tales impuestos que por su naturaleza deben establecerse en el Plan de Arbitrios y que por lo tanto para su aplicación, deben ser aprobados por acuerdo Gubernativo y que por lo mismo debe ser enmendado el procedimiento; ésto por una parte y por la otra, hay tasas ya aprobadas por la Municipalidad y están vigentes por estar publicadas en el Diario Oficial de Centro América;

CONSIDERANDO:

Que con la asesoría del Instituto de Fomento Municipal, a través de la Sección Asesora Financiera se ha formulado Nuevo Plan de Tasas, que se ajustan a las necesidades reales del municipio;

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que confieren los Artos. 96 del Estatuto Fundamental de Gobierno; 2o Dto. Ley No. 41-83; 4o Incs. a) y e); 95,96, y 98 del Código Municipal vigente,

ACUERDA:

 
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