ACUERDO GUBERNATIVO 5-72
Reglamento de la Ley del Ministerio de Finanzas Públicas
Palacio Nacional: Guatemala, 16 de febrero de 1972.
ACUERDO GUBERNATIVO
NUMERO M. de F. P. 5-72
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 106-71 del Congreso de la República, se creó el Sector Público Financiero para integrar y coordinar la planificación y ejecución de los Programas que constituyen la política fiscal, monetaria, cambiaria, crediticia y, en general, de cualquier otra función relacionada con el desarrollo ordenado de las finanzas públicas;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 8o del citado Decreto, el Reglamento de dicha ley, debe establecer la organización del Ministerio de Finanzas Públicas y fijar las funciones y atribuciones de cada una de sus unidades administrativas,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el inciso 4o del artículo 189 de la Constitución y con base en lo dispuesto en el artículo 8o del Decreto 106-71 del Congreso de la República,
ACUERDA:
El siguiente
Reglamento de la Ley del Ministerio de Finanzas Públicas
TITULO I
SECTOR PUBLICO FINANCIERO
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