CONVENIO  0007

Convención Relativa a la Transformación de Buques de Comercio en Barcos de Guerra

CONVENCION RELATIVA A LA TRANSFORMACION DE BUQUES DE COMERCIO EN BARCOS DE GUERRA

Suscrita en la Haya, el 18 de octubre de 1907.

Aprobada: Decreto Legislativo número 791, de 29 de abril de 1909.

Ratificada: 26 de enero de 1910.

Depositado el Instrumento: 15 de marzo de 1911.

Publicada: Diario Oficial, tomo LXX, números 47 y 48, de 6 y 8 de agosto de 1910.

S.M. El Emperador de Alemania....... (Sigue la nómina de Gobernantes de los países mencionados a final de la Convención);

Considerando que en vista de la incorporación que en tiempo de guerra se hace de buques mercantes en las marinas de guerra, es de desearse que se determine las condiciones en que pueda efectuarse esta operación;

Que no habiendo logrado las Potencias Contratantes, á pesar de esto, ponerse de acuerdo sobre si la transformación de un buque mercante en barco de guerra pueda hacerse en alta mar, es entendido que la cuestión del lugar de transformación queda fuera de causa y no está comprendida en las reglas siguientes;

Deseando celebrar una Convención con tal objeto han nombrado sus Plenipotenciarios, a saber:

(Sigue la nómina de los Delegados de los respectivos países)

Quienes, después de haber depositado los plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma han acordado las disposiciones siguientes:

 
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