CONVENIO 148
Protección de los Trabajadores contra Riesgos Debidos a la contaminación del aire, ruido y vibraciones.
Instrumento de Ratificación del Convenio número 148 sobre la
protección de los trabajadores contra riesgos profesionales debidos a la contaminación del aire, ruido y vibraciones.
RAMIRO DE LEON CARPIO,
Presidente de la República de Guatemala
POR CUANTO:
El Honorable Congreso de la República de Guatemala, en Decreto 35-95 emitido el 27 de abril de 1995, dió su aprobación al Convenio número 148 sobre la Protección de los Trabajadores contra Riesgos Profesionales debidos a la Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su 63ª. sesión el 20 de junio de 1977.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que me confiere el artículo 183, inciso o) de la Constitución Política de la República de Guatemala, ratifico el mencionado Convenio y mando que se publique en el Diario Oficial.
En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autorizado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En la ciudad de Guatemala, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.
DE LEON CARPIO
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE
CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
CONVENIO 148
CONVENIO SOBRE LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES CONTRA
LOS RIESGOS PROFESIONALES DEBIDOS A LA CONTAMINACION DEL AIRE,
EL RUIDO Y LAS VIBRACIONES EN EL LUGAR DE TRABAJO
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 1 junio 1977 en su sexagésima tercera reunión;
Recordando las disposiciones de los convenios y recomendaciones internacionales del trabajo pertinentes, y en especial la Recomendación sobre la protección de la salud de los trabajadores, 1953; la Recomendación sobre los servicios de medicina del trabajo, 1959; el Convenio y la Recomendación sobre la protección contra las radiaciones, 1960; el Convenio y la Recomendación sobre la protección de la maquinaria, 1963; el Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, 1964; el Convenio y la Recomendación sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964; el Convenio y la Recomendación sobre el benceno, 1971, y el Convenio y la Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974; Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al medio ambiente de trabajo: contaminación atmosférica, ruido y vibraciones, cuestión que constituye el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
Después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional, adopta, con fecha veinte de junio de mil novecientos setenta y siete, el presente Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977:
Parte I. CAMPO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
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