ACUERDO GUBERNATIVO 1041-87
Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 1041-87
PALACIO NACIONAL : Guatemala, 30 de octubre de 1987
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que por decreto No. 52-87 del Congreso de la república se estableció el Sistema Nacional de Consejos De Desarrollo urbano y Rural para organizar y coordinar la Administración Pública, formular las políticas de desarrollo urbano y rural y la de ordenamiento territorial, así como para la promoción de la organización y participación de la población en el desarrollo integral del país;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 30 del citado dispositivo legal, dentro de los treinta días siguientes a su publicación debe emitirse y aprobarse el respectivo Reglamento.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere el artículo 173, literal e) de la constitución Política de la República de Guatemala.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS CONSEJOS
DE DESARROLLO URBANO Y RURAL
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DEFINICIÓN, OBJETIVOS, INTEGRACIÓN Y ACTIVIDADES DEL SISTEMA
NACIONAL DE CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL.
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