ACUERDO GUBERNATIVO  1041-87

Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 1041-87

PALACIO NACIONAL : Guatemala, 30 de octubre de 1987

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que por decreto No. 52-87 del Congreso de la república se estableció el Sistema Nacional de Consejos De Desarrollo urbano y Rural para organizar y coordinar la Administración Pública, formular las políticas de desarrollo urbano y rural y la de ordenamiento territorial, así como para la promoción de la organización y participación de la población en el desarrollo integral del país;


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 30 del citado dispositivo legal, dentro de los treinta días siguientes a su publicación debe emitirse y aprobarse el respectivo Reglamento.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 173, literal e) de la constitución Política de la República de Guatemala.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS CONSEJOS
DE DESARROLLO URBANO Y RURAL

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I
DEFINICIÓN, OBJETIVOS, INTEGRACIÓN Y ACTIVIDADES DEL SISTEMA
NACIONAL DE CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL.

 
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