ACUERDO 6-97
Reformas a la Competencia de los Juzgados de Paz por Razón de Cuantía
*Derogado en su totalidad por el artículo 8 del Acuerdo 52-2023.
ACUERDO No. 6-97
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que debido al incremento de la población, y dada la actual cuantía, el número de procesos en el juzgados de primera instancia del ramo de familia se ha visto incrementado, lo cual ha producido atrasos que redundan en la pronta y cumplida administración de justicia, y siendo que las autoridades del Organismo Judicial están obligadas a facilitar a la población el acceso a una justicia pronta y cumplida se hace necesario establecer una nueva y mejor distribución del trabajo entre los órganos jurisdiccionales respectivos;
POR TANTO:
Con fundamento en el artículo 104 de la Ley del Organismo Judicial.
ACUERDA:
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