ACUERDO  3-91

Límites a la Cuantía de los Asuntos Civiles y Mercantiles

ACUERDO No. 3-91

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONSIDERANDO:

Que las estadísticas han demostrado un gran incremento de procesos para los Juzgados de Primera Instancia de lo Civil, lo que ha producido inevitablemente el atraso de los mismos en perjuicio de la pronta y cumplida administración de justicia; por consiguiente, se hace necesario para hacer más eficaz el trámite de los procesos así como su distribución, modificar lo relativo a la competencia por razón de la cuantía.

POR TANTO:

Con base en el Artículo 104 de la Ley del Organismo Judicial.

ACUERDA:

 
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